Con una serie de reformas jurídicas la LXIV Legislatura local, contribuyó en la construcción de mejoras para el desarrollo, la calidad de vida, seguridad y justicia para las familias oaxaqueñas.
Una reciente modificación legal realizada por esta representación legal, consiste en la actualización del Artículo 405 del Código Penal local, para incrementar el castigo a la persona que cometa el delito catalogado como violencia familiar.
La nueva redacción jurídica establece que, quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrán de tres a nueve años de prisión. Además, la pena señalada aumentaría hasta en una mitad de su mínimo y su máximo; si la violencia es ejercida contra personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o durante los tres meses posteriores al parto, y será de 5 a 10 años de prisión si se ejerce la violencia física.
El Parlamento oaxaqueño también creó castigos contra actos que pudieran provocar perjuicios económicos o patrimoniales hacia las familias. En este sentido, tipificó el delito de fraude familiar, que se castigará con hasta cinco años de prisión.
Mediante la adición del Artículo 381 Bis al Código Penal, se estableció que dicho delito es cometido cuando se oculte, ceda, transfiera o adquiera, a nombre de terceros, algún bien en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común durante el matrimonio o el concubinato.
De esta forma el Poder Legislativo combate la violencia patrimonial que pudiera generarse, y previene daños considerables a los bienes del matrimonio o concubinato que puedan afectar otros derechos como la salud, a una vida digna, de habitación, vestido y la alimentación.
Otra acción legislativa consistió en garantizar la seguridad alimentaria de las familias rurales, mediante una modificó el Artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado, para otorgar reconocimiento legal a la agricultura familiar.
De esta forma, el Gobierno del Estado y los municipios quedaron obligados a modificar sus políticas públicas, planes, programas y proyectos, con un enfoque que incluya el impulso a la producción familiar. Lo mismo para que reconozcan, atiendan y protejan, de manera prioritaria, esta actividad realizada principalmente en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. -0-