La LXIV Legislatura de Oaxaca legisló para que el precepto de igualdad de género sea una garantía constitucional que se cumpla desde el primer nivel de gobierno.
Mediante una reforma al Artículo 113 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, estableció que cada ayuntamiento tendrá el deber de contar con una Regiduría de Igualdad de Género. Actualmente la Constitución sólo contempla de manera potestativa; pero no obligatoria, que los municipios creen esta área municipal.
La concejalía tendrá el objetivo de promover la participación igualitaria de las mujeres en el ámbito de la vida social, económica, política, cultural y familiar de la comunidad y la eliminación de todo acto discriminatorio que contravenga la igualdad de género y los derechos humanos de las mujeres.
La modificación establece que las autoridades municipales deberán garantizar recursos desde sus presupuestos de egresos para el funcionamiento y operación de la Regiduría de Igualdad. Así mismo, las Instancias Municipales de la Mujer coordinarán sus trabajos.
Esta reforma fue impulsada por las diputadas María Lilia Arcelia Mendoza Cruz, Yarith Tannos Cruz y los legisladores Alejandro Avilés Álvarez, Gustavo Díaz Sánchez y Jorge Octavio Villacaña Jiménez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, dictaminado por la Comisión permanente de Estudios Constitucionales y aprobada por el Pleno del Congreso Local.