Durante la sexta sesión ordinaria de la Diputación Permanente las y los diputados recibieron una iniciativa de reforma al Código Familiar para el Estado de Oaxaca, con la finalidad de que se agilice el trámite de reconocimiento del concubinato, cuando una de las dos partes fallezca.
Mediante la adición del artículo 9 Bis, de aprobarse, establecería que, cuando uno de los concubinos fallezca y no esté acreditada la relación, él o la superviviente podrá solicitar la existencia y reconocimiento del vínculo ante la autoridad judicial.Para ello, deberá acreditar el concubinato por el plazo legal y haber procreado hijos o hijas.
La autoridad judicial dentro del plazo de quince días conocerá y resolverá sobre dicho trámite.De esta manera, se protegen los derechos al acceso a beneficios alimentarios, sucesorios, económicos, patrimoniales, laborales y a la seguridad social, que se niegan actualmente cuando uno de los concubinos fallece sin tener acreditada esta figura.
Para lograr la acreditación existe el procedimiento en la vía civil a través de la Jurisdicción Voluntaria; sin embargo, aunque no exista controversia el trámite se vuelve tardío y tedioso ante la autoridad judicial.
Por ello, se busca agilizar la acreditación de existencia de esta relación y debe resolverse en periodos de tiempos cortos, sin dilación en sentido favorable, ya que de ello depende el acceso efectivo a los derechos adquiridos.
La propuesta fue presentada por la legisladora Irma Haydeé Reyes Soto y fue turnada para su análisis a la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia.