• Las acciones afirmativas fueron establecidas para revertir cualquier desigualdad en el ejercicio de los derechos

La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado aprobó con 34 votos reformar la fracción VIII y adicionar la fracción XI al apartado J del artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal de Oaxaca, con la cual, los 570 Ayuntamientos están obligados a crear, promover e implementar acciones afirmativas para garantizar los derechos humanos de las personas o grupos en situación de discriminación o vulnerabilidad.

Ello, en términos de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley para Atender, Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Oaxaca y otras leyes aplicables en la materia, enfocada principalmente a las niñas, niños, adolescentes, juventudes, mujeres, personas adultas mayores, personas de la diversidad sexual y de género, mujeres y hombres en situación de calle, indígenas y afromexicanas.

El dictamen fue emitido por la Comisión Permanente de Fortalecimiento y Asuntos Municipales y el Proyecto de Decreto lo suscribió el diputado Raynel Ramírez Mijangos.

Al respecto el órgano legislativo dictaminador consideró pertinente la Iniciativa de Ley porque promueve la creación de políticas públicas tendientes a lograr la igualdad de condiciones y el ejercicio de los derechos de la ciudadanía perteneciente a los grupos vulnerables que históricamente han sido discriminados.

Ramírez Mijangos refirió que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación expedida el 11 de junio de 2003 se introducen las Acciones Afirmativas en el artículo 15 Séptimus, no obstante, consideró también importante que las mismas sean reconocidas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

En este sentido sostuvo que los municipios deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Carta Magna y 1 de la Constitución local.

Cabe destacar que la discriminación positiva o acción afirmativa es el término que se da a una acción que, a diferencia de la discriminación negativa (o simplemente discriminación), pretende establecer políticas que dan a un determinado grupo social, étnico, minoritario o que por años haya sufrido discriminación a causa de injusticias sociales, un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios, así como acceso a determinados bienes.

El principal objetivo es mejorar la vida y compensarlos por los perjuicios o la discriminación a la que fueron víctimas en el pasado.

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