• La diputada Tania Caballero reafirmó el compromiso de la LXVI Legislatura por mantener una ruta de acompañamiento y colaboración con las localidades de la entidad

San Raymundo Jalpan, Oax., a 04 de junio de 2026.- En Sesión Extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó con 42 votos el dictamen de la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios, mediante el cual se reconoció la Categoría Administrativa de Agencia Municipal a favor de la localidad de Guillermo González Guardado, perteneciente al Municipio de Villa de Zaachila, Distrito de Zaachila.

​En este sentido, la presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), diputada Tania Caballero Navarro, al hacer uso de la palabra reconoció el trabajo del órgano legislativo por la apertura y el desarrollo de múltiples mesas de trabajo, las cuales resultaron fundamentales para desahogar con éxito esta demanda social.

​Agregó que con esta elevación se rinde homenaje a la trayectoria de Guillermo González Guardado como un importante referente en la lucha social y política de la entidad.

​Al respecto, el legislador Mauro Cruz Sánchez, presidente de la Comisión Permanente, señaló que se dio cumplimiento formal al principio de libre determinación, consagrado en el artículo 2 de la Carta Magna federal. Además, reiteró la disposición del Poder Legislativo para mantener un servicio directo en beneficio de los pueblos y comunidades de la entidad.

​Asimismo, el diputado Dante Montaño Montero, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (PT), expresó a las y los ciudadanos su felicitación por la elevación de categoría, al tiempo de invitarlos a trabajar en unidad y traducir los esfuerzos en bienestar para toda la ciudadanía.

​Cabe señalar que el documento legislativo se derivó del oficio presentado por el Ciudadano Ernesto Vargas López, Presidente Municipal de dicho municipio. Por lo anterior, la resolución a favor de la localidad fue otorgada tras acreditar que cuenta con los principales servicios públicos indispensables, así como con el número de población promedio requerida en la última División Territorial del Estado.

​En virtud de lo expuesto, el órgano legislativo mencionado dictaminó en sentido positivo por haberse cumplido con los requisitos y las formalidades exigidas por la ley, en referencia a los artículos 20 y 20 Ter de la Ley Orgánica Municipal del Estado.

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