ESTATAL

Fortalece Diputación oaxaqueña respeto a la vida animal

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La LXIV Legislatura del Congreso de Oaxaca, instituyó instrumentos jurídicos con el propósito de garantizar la protección de la vida de animales y especies fundamentales para la humanidad.

Desde la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, esta representación popular estableció el deber de los gobiernos estatal y municipales, de garantizar la protección, bienestar, el trato digno y respetuoso de los animales. Además, instituye la responsabilidad de realizar acciones para la atención de animales en abandono o que hayan sido objeto de maltrato.

Mediante la adición del Apartado “A” al Artículo 12 Constitucional, también se instauró que, en la entidad, toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales, los cuales serán sujetos de consideración moral y, su tutela, de responsabilidad común.

Ahora, se considera legalmente a los animales como seres sintientes y, en consecuencia, deben recibir un trato digno.

En materia penal, el Congreso oaxaqueño creó sanciones para quien críe, entrene, compre o venda un perro para hacerlo participar en un espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más animales para fines recreativos o de alguna otra índole.

Al adicionar el Artículo 419 Bis al Código Penal Estatal, también se castigará con hasta cinco años de cárcel a quien organice, promueva, anuncie, patrocine, venda entradas para asistir a peleas de perros, concurra y propicien que menores de edad tengan presencia en este tipo de espectáculos.

Dicho delito tendrá una agravante y se incrementará en una mitad, cuando la persona que cometa lo anteriormente descrito sea servidor público.

A lo anterior, se suman reformas y adiciones de diversos artículos a la Ley Pecuaria del Estado de Oaxaca, que, de manera específica, establece la protección de las abejas, una especie fundamental para la seguridad alimentaria en la entidad, por su labor polinizadora, de la cual llegan a depender hasta el 75 por ciento de los cultivos.

Además, otorga responsabilidades para la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura. Se le otorgan facultades para verificar una práctica apícola adecuada por parte de los productores y el cumplimiento de sus responsabilidades para ejecutar medidas preventivas de plagas o enfermedades que afecten a la colmena. -0-

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