ESTATAL

Prisión a quien robe propiedad intelectual o material a los pueblos de Oaxaca

La LXIV Legislatura estableció castigar con 2 y hasta 5 años de cárcel a quien cometa el delito de saqueo del patrimonio cultural e inmaterial de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Mediante la adición del Artículo 16 Bis y una reforma al Artículo 18 de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, el Parlamento Local protege el patrimonio de los pueblos oaxaqueños.

La nueva redacción establece que, cometerá el delito de saqueo del patrimonio cultural e inmaterial quien sustraiga, sin consentimiento de las comunidades y los pueblos indígenas o afromexicano, propiedad intelectual colectiva, material, tangible o intangible.

Si el delito es cometido por servidoras o servidores públicos, además de la pena de cárcel y la multa, se establecerán sanciones previstas por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca.

La propuesta fue impulsada por la diputada Gloría Sánchez López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, dictaminada por la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas y Afromexicano y avalada por el Pleno Legislativo.

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