Con una iniciativa de reforma propuesta por el diputado Sesul Bolaños López, las y los integrantes de la 65 Legislatura aprobaron las modificaciones al artículo 46 y 68 de la Ley Orgánica del Estado de Oaxaca.
Con esta reforma, las sesiones de cabildo que se realicen de manera extraordinaria, así como las solemnes, podrán ser convocadas con al menos 24 horas de anticipación, ya sean solicitadas por la autoridad municipal o por la mayoría de los integrantes del cabildo.
En caso de emergencia o por alguna situación extraordinaria o que afecte la salud, seguridad pública, protección civil y estabilidad económica, se podrá realizar la convocatoria para efectuar una sesión de cabildo extraordinaria.
Ante la necesidad y premura por llevar a cabo las sesiones extraordinarias, éstas podrán realizarse de manera virtual, utilizando los medios tecnológicos necesarios para su realización. Esta reforma fue aprobada por el Pleno Parlamentario con 30 votos a favor.